martes, 6 de noviembre de 2012

ENSAYO: LA LEY DE COMUNICACIONES Y DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN BOLIVIA

INTRODUCCIÓN:
El presente trabajo fue elaborado con el propósito de analizar la situación de los medios de comunicación en un país, los mismos que nos  permiten formar una idea de las relaciones de poder que los determinan y de la sociedad en general. Se presenta el caso de Bolivia que da uno de los ejemplos más destacables de la región; es el país más empobrecido de Latinoamérica, uno de los países con más recursos naturales de primordial interés universal como el gas y el litio, tiene un Estado debilitado por las diversas dictaduras militares y la aplicación de las políticas neoliberales, los grandes servicios son de capitales privados extranjeros y la economía se desenvuelve en gran medida informalmente.
La presente Ley tiene por objeto establecer el régimen general de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, y del servicio postal y el sistema de regulación, en procura del vivir bien garantizando el derecho humano individual y colectivo a la comunicación, con respeto a la pluralidad económica, social, jurídica, política y cultural de los habitantes, pueblos y naciones del Estado Plurinacional de Bolivia; además cabe resaltar que la ley de comunicaciones tiene como objetivos  garantizar la distribución equitativa y el uso eficiente del recurso natural y limitado del espectro radioeléctrico;  asegurar el ejercicio del derecho al acceso universal y equitativo a los servicios de telecomunicaciones, tecnologías de información y comunicación, así como del servicio postal; garantizar el desarrollo y la convergencia de redes de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación; precautelar la conservación del medio ambiente mediante el aprovechamiento responsable y planificado del espectro radioeléctrico la instalación adecuada de infraestructura para el bienestar de las generaciones actuales y futuras, y por último promover el uso de las tecnologías de información y comunicación para mejorar las condiciones de vida de las bolivianas y bolivianos.
DESARROLLO:
Hasta mediados de la década del ochenta no se reconoce en Bolivia un proceso de acumulación de medios considerables, a excepción de la iglesia católica. Pero con el ajuste estructural de 1985 y el cambio al modelo neoliberal, se produjo una explosión de los canales privados que aumentaron de 35 en 1985 a 109 en 1990. Paulatinamente se fueron formando algunos multimedios e iniciado el siglo XXI capitales extranjeros ingresaron al escenario nacional rediseñando el régimen de propiedad.
Hasta la última presidencia de Víctor Paz Estensoro en 1985, la mayoría de las industrias de comunicación estaban en manos de la iglesia católica y de algunas familias con tradición en la prensa gráfica nacional como los Carrascos de La Paz, y los Riveros de Santa Cruz; mientras las radios tenían varios dueños: medianos empresarios, sindicatos, instituciones religiosas y organizaciones de base. Pero con la apertura de capitales, a partir del decreto 21.060 en 19853, muchos empresarios de otros rubros, políticos e inversores extranjeros fueron apoderándose de un gran número de medios.
Este proceso se puede advertir, con el retorno de la democracia, cuando en la presidencia de Hernán Siles Zuazo se conformaron dos sistemas privados: el Telesistema Boliviano de la Illimani Comunicaciones con el Canal 13 (actualmente en Red Uno) que fue el primer canal privado de televisión que emitió programas experimentales desde fines de 1983; y el Canal 5, Red Universal y actual ATB, que se jacta de ser el primero que tuvo regularidad en sus emisiones. Hasta entonces no eran legales las transmisiones audiovisuales, por lo que el Congreso aprobó en 1985 una ley con la que se normalizó la situación, lo que provocó el crecimiento de los canales señalados. A su vez, con el ingreso de la televisión por cable, los canales privados fueron comprando los canales de los distintos departamentos del país, sentando las bases de los futuros conglomerados televisivos.
Ya en los 90 estas cadenas se consolidaron y formaron otras que incluían diarios, revistas, radios, telefonía, y empresas de otros rubros. A veces estas transacciones estaban digitadas por la mano oculta de algún político con ansias electorales. Fue en esa década en la que se profundizó la invasión de inversiones extranjeras en América Latina, donde el 12% de los negocios eran en telecomunicaciones. La STET Italiana compró la mitad de las acciones de la estatal ENTEL sumándole Bolivia a sus intereses en Argentina y Cuba. En 1997 se incrementó la extranjerización cuando la operadora boliviana de televisión por cable Multivisión S.A. se asoció al Holding canadiense Multivisión Comunication Corporation, que con 20 millones de dólares de capital extranjero se asoció a los derechistas Mario Bonino y José Banzer Saavedra.
Todos estos desembarcos de dólares muestran como la intensa extranjerización de los medios se llevó a cabo una vez que se acondicionaron las políticas neoliberales y tomó relevancia la televisión. El fenómeno de la caja boba modificó la circulación de capitales en el mercado nacional e internacional, pero la radio sigue siendo el medio boliviano con más influencia, pues según Víctor Van Oeyen4 para los 8 millones de habitantes hay más de 650 estaciones de radio.
La comunicación interesa y preocupa a toda la sociedad porque es inherente a nuestra naturaleza y condición de seres humanos. La comunicación es un asunto demasiado importante como para dejarlo sólo en manos de comunicadores y periodistas. Cuando hablamos de comunicación, no nos referimos únicamente a los medios, aunque reconocemos su importancia en la sociedad, ni sólo al acceso o producción de información. Queremos destacar que lo comunicativo es para nosotros una dimensión básica de la vida y de las relaciones humanas y socioculturales; es el reconocimiento de personas que interactúan en igualdad de condiciones y oportunidades, y se relacionan dinámicamente entre sí, a través de medios o no. No hay hecho de la vida y el desarrollo humano que no comprometa, de una u otra forma, la comunicación.

Por todo aquello, no sólo es necesario, sino urgente, construir de forma ampliamente participativa y democrática una ley orgánica que respete, garantice y promocione el derecho de cada persona a la comunicación, lo cual supone una serie de derechos como el acceso universal a la información, a las tecnologías de información y comunicación (TIC) y al uso de frecuencias de radio y televisión, a la creación de medios, a la gestión del conocimiento y a la libre expresión de ideas y opiniones, así como el derecho a establecer modelos, instituciones, sistemas y procesos comunicacionales desde las cosmovisiones y prácticas de los diferentes grupos que integran la sociedad. Reivindicamos la comunicación y la información como bienes públicos, y no como una  mercancía y propiedad privada de unos pocos.
Según investigaciones universitarias el 64,4% de los periodistas admitió haberse autocensurado alguna vez, generalmente por temor a las sanciones de sus superiores. El 39,9% por no chocar con intereses publicitarios, el 32,9% por razones políticas, 14,2% por conflictos morales y el 8,2% por motivos personales que evitarían inconvenientes con el dueño del medio, amigos o familiares.
La censura ejercida por jefes, compañeros o autoridades tiene los índices más elevados, ya que el 71,7% dijo haberla sufrido. El 38,4% tenía por objetivo evitar conflictos con los anunciantes, el 38,4% por razones políticas, el 8,9% por razones morales, y un 13,9% por motivos personales. De los que afirmaron haber sido censurados el 71,7% identificó como responsable a su editor, el 15,7% a su superior inmediato, el 21,9% al jefe de redacción o prensa, el 23,8% al director, 15,3% al gerente, y un 20% al propietario del medio. Estos datos acerca de la censura en los medios bolivianos se redondean con la declaración del 73,7% de los periodistas que afirman conocer al menos un caso de despido de algún colega por motivos políticos, ideológicos o sindicales.
Esta situación socioeconómica claramente deficiente de los trabajadores de la comunicación hace que sean también más vulnerables a sobornos y chantajes. El 53,7% de los periodistas afirma haber recibido alguna oferta de soborno; el 43,3% de parte de un político, el 29,1% de parte de autoridades del gobierno, el 15% de un dirigente, y el 4,7% de un dirigente sindical.
El 60% dijo conocer a algún colega que haya aceptado una situación de soborno, y el 65% de estos aclararon que provenía de un empresario o una autoridad.
La Nueva Constitución Política del Estado boliviano establece que los medios de comunicación social no podrán conformar de manera directa o indirecta, monopolios y oligopolios. Sin embargo aún no se elaboró la ley de medios correspondiente, que defina en detalle qué será considerado como monopolio y cómo se regulará a los grupos mediáticos. Esta ley es una de las tantas que los parlamentarios del Movimiento al Socialismo están habilitados a elaborar luego de la victoria electoral en 2009 con el 63% de los votos, que les dio la mayoría absoluta en el poder legislativo. Si bien actores políticos de diversos sectores reconocen la necesidad de confeccionar una ley antimonopólica, la actual legislación no le exige a los medios de comunicación ningún requisito más que a otra empresa, y no existe una ley que limite la adquisición de medios de comunicación por capitales extranjeros, ni de regulación antimonopólica.
Varios autores e investigadores de la comunicación aseguran que habría que modificar muchos aspectos del marco legal para mejorar las condiciones de la prensa en Bolivia: la actual ley de comunicaciones permite el “pinchazo” o espionaje telefónico pues faculta a los organismos de seguridad a escuchar conversaciones privadas violando la Constitución Política del Estado y la Ley de Imprenta. Además, es de conocimiento público que la “cultura política policial” permite el constante ejercicio de la violencia hacia los periodistas sin que ninguna acción legal en contra tenga algún tipo de efecto concreto.
CONCLUSIÓN:
Para resumir la situación de los medios en Bolivia según el presente estudio, podríamos tener en cuenta dos ejes; los índices de acceso, de alcance y de concentración por un lado, y la legislación comunicacional por otro.
Comparado con los países de la región, Bolivia tiene el índice más bajo de acceso a la TV paga, Internet y a las industrias discontinuas; el segundo más bajo en telefonía fija y el tercero en telefonía móvil. Luego de Perú y Ecuador tiene el índice más bajo en acceso a la TV gratis, y está ubicado en el penúltimo puesto en el acceso a la prensa escrita. Integrando estos índices se puede afirmar que, junto a Ecuador y Paraguay, Bolivia es de los países con más bajo nivel de acceso relativo a los bienes y servicios de la información.
Pero las promesas no fueron fáciles de cumplir, ya que la oposición conservadora montó escenarios conflictivos y obstaculizadores, utilizando a los medios de comunicación masivos como sus herramientas políticas desde donde, incluso, se emitió discursos racistas y discriminatorios. Radios, revistas y canales de televisión concentrados en multimedios han disparado con noticias deslegitimadoras en las que afirman que los indios no pueden gobernar porque son “sucios, brutos y revoltosos”.
Pese a que este discurso atenta contra la moral, la convivencia armónica y el respeto entre las culturas, los medios de comunicación no recibieron ninguna sanción. Los multimedios de comunicación son parte de un grupo de poder autosuficiente por encima de las leyes, y más aun de la legislación que tutela las comunicaciones que rige en base a la Ley de Imprenta emitida en 1826. Por ese motivo, el gobierno boliviano pretende actualizar esa ley de hace casi 200 años, y reformarla por una nueva ley de comunicación basada en la Nueva Constitución Política del Estado, que evite la concentración mediática y propague la pluralidad de voces. En ese sentido, una de las más importantes medidas políticas que se hizo pública una vez iniciado el segundo mandato de Evo Morales fue la elaboración de una nueva normativa para los medios de comunicación. En ese contexto, el objetivo de este trabajo es observar cómo está constituido el sistema comunicacional boliviano, y aportar a la discusión de su mejoramiento.
Ley de medios de comunicación:
Se debe considerar que la existencia y aprobación de una ley de medios de comunicación en Bolivia es esencial e imprescindible para los mismos que la requieren, siempre y cuando  tomando en cuenta que la misma no debe ser planteada de la misma forma como la plantea nuevamente el Gobierno, ya que es necesaria no solo para  los manejos éticos sino también para las mismas responsabilidades de los emisores, dando como resultado la falta de ciertas características dentro los medios de comunicación como de entender, informar y entretener a la audiencia a la que se dirigen, deja desamparada a la sociedad en lo que se refiere a derechos mínimos.
La diferencia existente entre la ley de comunicaciones y la ley de medios de comunicación es que la primera está relacionada específicamente con la libertad de prensa, libertad de asociación y la libertad de expresión, y la segunda a diferencia de la primera, está relacionada con la otorgación de licencias, aspectos técnicos, normas de propiedad y función social que los medios deben ejercer en el marco referido a los principios de propiedad.
Entre la legislación comparada podemos citar la situación de Bolivia y Argentina respecto a la derogación de la Ley de medios de comunicación, que a diferencia de nuestro país, Argentina ya tiene consolidada su ley de medios de comunicación de la siguiente forma:
ARGENTINA: NUEVA LEY DE MEDIOS
1) Democratización y universalización
La regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia tienen como fines el abaratamiento, la democratización y la universalización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
2) Servicios de interés público
Se considera a la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes una actividad social de interés público, de carácter esencial para el desarrollo sociocultural de la población, por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones sin ningún tipo de censura.
3) Órganos colegiados
Se crea la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, un órgano autárquico y descentralizado, que tiene como función la aplicación, la interpretación y el cumplimiento de la ley. Su directorio estará conformado por un presidente y un director designados por el Poder Ejecutivo, tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, correspondiendo uno a la primera minoría, uno a la segunda minoría y uno a la tercera minoría parlamentarias; y dos directores a propuesta del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. Existirá también un Consejo Federal cuyos miembros provinciales van a representar a los prestadores privados, a las emisoras universitarias, a los medios públicos y a los trabajadores de prensa.
4) Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual
Se crea la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, un organismo encargado de recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión. Será designado por resolución conjunta de los presidentes de ambas Cámaras.
5) Abono Social
Los servicios de televisión por cable deberán disponer de un abono social. Esta disposición atiende a que, en ciertos sitios, el prestador de servicio de radiodifusión por suscripción a título oneroso, es el único servicio que existe para mirar televisión. Se busca que todos los habitantes tengan acceso a los servicios de radiodifusión y comunicación audiovisual. 
6) Desmonopolización
Con el fin de impedir la formación de monopolios y oligopolios, el proyecto de ley pone límites a la concentración, fijando topes a la cantidad de licencias y por tipo de medio. Un mismo concesionario sólo podrá tener una licencia de servicio de comunicación audiovisual sobre soporte satelital; hasta 10 señales sonoras, de televisión abierta o cable (la ley actual permite que una persona sea dueña de 24) y hasta 24 licencias de radiodifusión por suscripción. A ningún operador se le permitirá que dé servicios a más del 35 por ciento del total de la población del país o de los abonados, en el caso que corresponda. Por otra parte, quien maneje un canal de televisión abierta no podrá ser dueño de una empresa de distribución de TV por cable en la misma localidad, y viceversa. También se impide que las compañías telefónicas brinden servicios de televisión por cable.
7) Titulares de las licencias
El proyecto establece que para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad. Excluirá a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto, atendiendo a la importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida democrática. Cuando el prestador del servicio fuera una sociedad comercial deberá tener un capital social de origen nacional, permitiéndose la participación de capital extranjero sólo de hasta un máximo del 30% del capital accionario. 
8) Participación de cooperativas
A diferencia de la ley vigente, se permite la participación de cooperativas, siempre y cuando se garantice una porción del mercado a un competidor.
9) Plazo de las licencias
La operación de los medios audiovisuales se hará, según la propuesta, por sistema de licencias y las mismas durarán diez años (hoy son por 15) y se podrán prorrogar por diez años más, previa realización de audiencias públicas. Quienes hayan obtenido una renovación o prórroga, no podrán solicitar una nueva extensión de plazo por ningún título.
Al mismo tiempo esas licencias serán controladas cada dos años, para evitar que con la incorporación de nuevas tecnologías -la digitalización- un licenciatario multiplique sus señales, generando un nuevo modo de concentración.
10) Más contenidos nacionales
Los servicios de televisión abierta deberán emitir un mínimo del 60% de producción nacional; con un mínimo del 30% de producción propia que incluya informativos locales.
Los servicios de televisión por cable no satelital deberán incluir como mínimo una señal de producción local propia. También deberán incluir en su grilla de señales originadas en países del MERCOSUR y en países latinoamericanos.
Las radios privadas deberán emitir un mínimo de 50% de producción propia, que incluya noticieros o informativos locales. El 30% de la música emitida deberá ser de origen nacional. Quedarán eximidas emisoras dedicadas a colectividades extranjeras o temáticas.
11) Igualdad de oportunidades
Las emisiones de televisión abierta y la señal local de producción propia de los sistemas de cable deben incorporar medios de comunicación visual adicional en el que se utilice subtitulado oculto (closed caption), lenguaje de señas y audio descripción, para la recepción por personas con discapacidades sensoriales, adultos mayores y otras personas que puedan tener dificultades para acceder a los contenidos. 
12) Acceso universal para la transmisión de eventos deportivos
Se garantiza el derecho al acceso universal -a través de los servicios de comunicación audiovisual- a los contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos deportivos de encuentros futbolísticos u otro género o especialidad. Los partidos de fútbol y otros encuentros olímpicos que sean de interés para la Argentina se transmitirán por la televisión abierta de acceso libre.
13) Publicidad
Se regula el tiempo de emisión de publicidad con el objetivo de proteger al público contra un exceso de interrupciones publicitarias y promover un modelo de radio y televisión de calidad. 
14) Nuevas tecnologías y servicios
A diferencia de la ley anterior, la propuesta contempla el potencial impacto que provocaría la incorporación de nuevas tecnologías y servicios que no se encuentren operativas en la actualidad. Se procura un desarrollo armónico atendiendo a los espacios futuros a crearse por vía de los procesos de digitalización, en los que la pluralidad debe ser garantizada.
15) Radio y televisión estatales más participativos
Se crea Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, que reunirá a todos los servicios de radiodifusión sonora y televisiva que en este momento se encuentra bajo la órbita del Estado Nacional. El Directorio estará integrado por siete miembros, con un presidente y un director designado por el Poder Ejecutivo y tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, uno por la primera minoría, otro por la segunda y otro por la tercera. Y se crea un Consejo Consultivo Honorario de los Medios Públicos que garantiza mayor participación social. 
16) Medios Municipales y Provinciales
Se reserva para cada Estado Provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una frecuencia AM, una FM y una de televisión abierta. Cada Estado Municipal tendrá reservada una frecuencia FM.
17) Más voces de la sociedad civil
Se reserva el 33% de las localizaciones radioeléctricas planificadas, en todas las bandas de radiodifusión sonora y de televisión terrestres, en todas las áreas de cobertura, para las organizaciones sin fines de lucro. Además, los pueblos originarios serán autorizados para la instalación y funcionamiento de radios AM y FM y así como de señales de televisión abierta.
18) Medios Universitarios y Educativos
Las Universidades Nacionales podrán ser titulares de autorizaciones para la instalación y explotación de servicios de radiodifusión. Deberán dedicar espacios relevantes de su programación a la divulgación del conocimiento científico, a la extensión universitaria y a la creación y experimentación artística y cultural.
19) Televisión e infancia
Se prevé la creación de un Fondo de Fomento Concursable para la Producción de Programas de Televisión de Calidad para Niños, Niñas y Adolescentes que tendrá como objetivo desarrollar estrategias que permitan producir más televisión y radio de carácter educativo, cultural e infantil. 
20) Cine nacional
Se establece, por primera vez, la fijación de una cuota de pantalla. Los canales de televisión abierta y de cable deberán exhibir de forma obligatoria y en estreno televisivo ocho películas nacionales por año. La ley actual no contempla ninguna normativa de promoción del cine nacional.

BIBLIOGRAFÍA:
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          Peñaranda Unduranga Raúl. Retrato del periodista boliviano. Portal de Internet Indymedia, Bolivia. 01/10/2006.

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